lunes, 19 de octubre de 2009

El SOFTWARE PÚBLICO

Asistimos a un apasionado debate entre los defensores del denominado software libre frente al modelo "tradicional" del software propietario. Al margen de posturas extremas - de auténtico "fanatismo informático" - nos parece relevante reflexionar sobre el papel de las Administraciones Públicas en este contexto, desde el momento que los proyectos de desarrollo y/o implantación de soluciones informáticas que contrata la Administración están financiados con dinero público. ¿Debería tener entonces este software, por definición, el carácter de "público"?
Desde un punto de vista muy general, el debate entre software libre y propietario puede abordarse desde una perspectiva de modelo económico: El software propietario respondería a un modelo "americano" donde grandes multinacionales construyen soluciones que venden bajo licencia, mientras que el software libre ha calado en la mentalidad europea, como alternativa al modelo anterior, asumiendo que no es posible competir con las grandes corporaciones americanas. Se prefiere invertir localmente en "conocimiento", articulado mediante el modelo de software libre, antes que gastar globalmente en licencias.
El modelo de negocio del software libre se basa en la activación de una comunidad de contribuidores que, a través de Internet, aportan trabajo (por ejemplo en la depuración de código) y conocimiento de forma desinteresada, esto es, sin cobrar por ello. Un pequeño núcleo duro (que si cobra) se encarga de filtrar las aportaciones, consolidar las versiones y homogeneizar el producto final. De esta forma, el modelo de software libre requiere de una masa crítica de usuarios que sea capaz de impulsar el proyecto y evitar su muerte por inanición. En mi opinión, esto requiere proyectos generales y comunidades de usuarios a nivel mundial (como son el caso de linux, mysql o wikipedia). Difícilmente podrá sobrevivir, bajo este modelo, un proyecto específico (de uso limitado) impulsado por una Administración Pública española.
Por eso, creo que la inmensa mayoría de proyectos denominados de software libre que impulsan las Administraciones Públicas no son realmente de software libre. Lo que se hace, simplemente, es contratar un desarrollo a una empresa, utilizando las tecnologías y productos que se asocian habitualmente al software libre, y ofrecer los fuentes. Quizás sería más adecuado emplear la denominación de software público.

lunes, 5 de enero de 2009

La paradoja del “impacto normativo”

Hoy hemos conocido una nueva medida del Gobierno enmarcada en su plan de reducción de la burocracia en la Administración General del Estado. El objetivo de este plan es reducir la burocracia un 30% durante la actual legislatura, con un ahorro estimado superior a los 10.000 millones de euros.

Esta medida pretende garantizar que los decretos ministeriales no supongan nuevas cargas administrativas o trámites burocráticos para la ciudadanía (particulares y empresas), como vía para aumentar la productividad. Para lograr este objetivo, la medida consiste en exigir que cada decreto vaya acompañado por un nuevo informe de “impacto normativo” (que hay que añadir a los ya aprobados sobre impacto autonómico y de género).

Para comentar de forma muy general esta medida, planteamos, como un simple convenio, la sencilla fórmula siguiente, basada en el concepto abstracto de “burocracia” (se podría plantear, de una forma equivalente, en términos de costes):

Burocracia total = Burocracia interna + Burocracia externa (1)

Donde

Burocracia interna = Trámites y tareas que realizan los funcionarios (*)

Burocracia externa = Trámites y tareas que realizan los particulares y empresas en su relación con la AGE.

(*) Sólo se consideran las actividades relacionadas con los procedimientos administrativos de cara a la ciudadanía, lo que podríamos denominar “servicios públicos”. Se excluyen las tareas no relacionadas directamente con estos procedimientos, por ejemplo, contabilidad, tesorería, etc.

Resulta evidente que esta nueva medida del Gobierno constituye un nuevo “trámite” en el procedimiento de redacción y aprobación de los decretos, y que la elaboración misma de los informes de impacto supondrá una nueva “carga” para las unidades tramitadoras en los distintos ministerios. Es decir, que la implantación de esta medida sobre “impacto normativo”, tiene, a su vez, un “impacto normativo” (que podría ser estimado con bastante aproximación), lo que implica un aumento de la Burocracia interna.

El objetivo de que “no se generen nuevas cargas administrativas o trámites burocráticos para la ciudadanía” puede formularse como

Incremento de Burocracia externa = 0

ó

Burocracia externa = constante

Por lo tanto, en virtud de (1), esta medida, aplicada individualmente, producirá, en el mejor de los casos (si se consigue que la Burocracia externa permanezca constante, lo que parece dudoso) un incremento de la Burocracia total en lugar de una disminución. Aunque esto no tendría una repercusión sobre la ciudadanía desde el punto de vista “burocrático”, si lo tiene desde una perspectiva económica, puesto el sobrecoste producido por el incremento de la Burocracia interna recae también sobre su bolsillo.

La conclusión es evidente:

Aunque es cierto que el primer paso es que la “bola de nieve” no siga creciendo, cuando se plantea un objetivo tan ambicioso como reducir la burocracia (Burocracia total) nada menos que un 30% en una única legislatura, resulta imprescindible implementar OTRAS MEDIDAS, que sin duda existen, que impliquen una efectiva DISMINUCIÓN de la Burocracia interna y de la Burocracia externa.

En próximas entradas, trataremos de analizar el paquete de medidas propuesto por el Gobierno, desde una perspectiva de conjunto que nos permita valorar, aunque sea grosso modo, su hipotético grado de efectividad.

También queda en el tintero la definición de los indicadores y estándares necesarios para medir el famoso “impacto normativo”. El concepto, sin duda, es interesante.